Por Miguel Downey, Defensoría Popular de las y los Trabajadores
La reforma laboral presentada recientemente por el ejecutivo ha generado una serie de reacciones y suspicacias, ya que se trata de una reforma estructural al sistema de jornada laboral, una de las piedras angulares de cualquier sistema laboral y económico. El eslogan de esta reforma es “la conciliación del trabajo y la vida familiar”, el cual no resulta creíble proviniendo de un gobierno conducido por el empresariado de nuestro país. Entonces, ¿qué busca realmente la nueva reforma laboral?
Entre los fundamentos del mensaje del Proyecto de Ley encontramos la alusión al bajo crecimiento económico que ha sufrido nuestro país en los últimos años. De acuerdo a cifras del Banco Mundial, el crecimiento en Chile ha ido disminuyendo progresivamente en los últimos años, luego del boom de los commodities. Si entre los años 1991 a 1998, Chile creció anualmente en promedio un 7,25%; entre los años 2000 y 2008, creció en promedio anual de 4.83%; y entre los años 2009 y 2018 en un 3.25%.
Hay concordancia en la literatura que el estancamiento se ha debido a la estructura económica del país, basada en la exportación de commodities con bajo valor agregado, lo que oculta la baja productividad de nuestra economía. En ese sentido, crecimiento económico y productividad no son idénticos. En términos sencillos, el mayor crecimiento económico está dado por una mayor producción de bienes y servicios finales en un territorio geográfico (Chile) y en un determinado periodo de tiempo (año). Por lo tanto, para producir más bienes y servicios y así aumentar el crecimiento económico, hay dos vías: (i) aumentar el trabajo y/o capital físico disponible, es decir, si se trabaja más, se produce más; (ii) aumentar la eficiencia de los recursos productivos involucrados, en otras palabras, producir más bienes y servicios con los mismos recursos, que un trabajador en una hora de trabajo produzca 2 en vez de 1, por ejemplo, a través de una mejora tecnológica. Esto es lo que se denomina productividad.
La baja productividad en nuestro país es una realidad. Chile se encuentra en el quinto lugar de los países que menos producen por hora de trabajo según ranking OCDE, con un total de US$ 27,63 por hora de trabajo, mientras que el promedio alcanza US$ 54,72 por hora de trabajo[1]. Nicolás Monckeberg al ser interpelado por la reforma laboral en el programa televisivo Mesa Central, explicó: “la baja productividad se debe a que tenemos una jornada de trabajo muy rígida”. Resulta preocupante que un Ministro de Estado tenga una visión tan simplista de unos de los problemas más complejos de nuestro sistema económico. La baja productividad se debe a un sinfín de factores, pero el problema medular es la estructura económica, centrada en obtener las rentas que otorgan los recursos naturales, exportados con bajo valor agregado, sin diversificación productiva ni riesgos en innovación, con alta concentración de los mercados, lo que tiene como resultado una baja productividad, incidiendo en el crecimiento económico cuando bajan los precios de los commodities.
Así por ejemplo, hay una exigua inversión en Investigación y Desarrollo (I+D). Solo el 12,1% de las empresas chilenas realiza este tipo de actividades[2], el gasto total del PIB en I+D es cercano al 0,4%, lo que sitúa a Chile en el último lugar de la OCDE (solo 5 países invierten menos del 1%) y en el tercer país en que las empresas menos invierten en este tipo de actividades.[3] En el año 2018 se solicitó la inscripción de 3.100 patentes, en cambio, en el año 2000 se solicitó la inscripción de 3.110[4], dando cuenta del nulo crecimiento en invención. Cabe agregar que alrededor del 87% de las patentes son solicitadas desde países extranjeros.
Asimismo, la existencia de mercados oligopólicos (recordar casos como la colusión de las farmacias, de los pollos, del papel confort, entre otros) atenta contra la productividad, el problema no es la concentración de la actividad económica, sino los incentivos a aumentar la productividad cuando tienen control de los precios. Otra razón podría estar en los problemas que arrastra nuestro sistema educativo, mediado por el lucro y la desigualdad social, el cual nunca alcanza el promedio en las evaluaciones internacionales. Reciente ranking de la OCDE señala que más del 40% de los chilenos no cuenta con habilidades básicas, encontrándonos en último lugar en dicho ranking[5], lo cual, no resulta nada extraño si se considera que menos del 5% de los trabajadores del país son enviados a capacitaciones. Entre otras varias otras razones, como las cadenas de valor en torno a los productos exportados y la baja diversificación en las exportaciones.
El resultado de ello es que Chile se encuentra dentro de los 5 países que más trabajan según ranking de la OCDE[6], con un promedio anual de 1.974 horas, más de 200 horas que el promedio y es el quinto que menos produce según se explicó.
Así las cosas, la reforma laboral de Piñera busca aumentar el crecimiento económico aumentando el trabajo, y de esta forma producir más bienes y servicios, no mejorando la productividad de nuestro país, ya que todas las normas de la reforma apuntan a extender la jornada de trabajo y fomentar la inclusión laboral de sectores marginados del mercado laboral, a través de la formalización de empleos precarios. A modo de ejemplo:
- Establece la posibilidad de distribuir la jornada en 4 días (en vez de 5), lo que llevará a una extensión de la jornada diaria e intensificación, pudiendo establecer una jornada de 12 horas diarias. Seguramente, los bajos sueldos de nuestro país obligarán a los trabajadores y trabajadoras a buscar otro empleo temporal en los días de descanso y trabajar más.
- Las horas extraordinarias serán 12 horas semanales o 48 mensuales, quitando el límite de dos horas extraordinarias diarias, es decir, se podrá cubrir con horas extraordinarias aquellos días que la jornada ordinaria no cubra, teniendo jornadas de 5 días y un total de 57 horas semanales.
- Incluso, se establece que los tiempos de preparación para el trabajo (aseo personal, cambio de vestuario, traslado al interior de la empresa, etc.) no sean imputables a la jornada ordinaria y extraordinaria, teniendo una duración máxima de una hora diaria, es decir, la jornada podría alcanzar 13 horas diarias y una jornada semanal de 62 horas. Cabe señalar que la reforma define tiempo de preparación de trabajo de forma amplia, considerando cualquier requerimiento del empleador, por lo tanto, se le podrá dar un uso arbitrario.
- Establece la posibilidad de pactar un sistema de turnos por negociación directa de las partes (no por calificación de la Dirección del Trabajo), bastando el acuerdo del 75% de los trabajadores no sindicalizados. En la práctica, el empleador podrá contratar y despedir a fin de conseguir este quórum y le permita quitar el día domingo como el día natural de descanso, pudiendo aplicar la extensa jornada ya señalada de lunes a domingo mediante turnos.
- Regulariza la situación de las trabajadoras y trabajadores que prestan servicios mediante plataformas digitales (Uber, Pedidos Ya, etc.), excluyéndolos de las normas laborales, dejándolos en completa desprotección, es decir, legaliza la actual situación de desprotección. Lo cual, resulta conveniente para estas empresas, ya que en distintos lugares del mundo la mayoría de estas plataformas han sido calificadas por los tribunales laborales como empleadores, basados en la subordinación y dependencia que también consagra nuestro Código del Trabajo. Esto permitirá mantener su nivel de empleabilidad.
- Permite la creación de pactos sobre condiciones especiales de trabajo en aquellas empresas en que no haya representación sindical y disminuye el quórum para aquellas en que sí hay sindicato. Estos pactos además de lo ya señalado, también permiten pactar jornadas semestrales y anuales de 1.103 y 2.205 horas respectivamente. Tal como se ha señalado, Chile está dentro de los países que más trabaja y alcanza un promedio de 1.974 horas anuales, esto implicaría consagrar un retroceso. Además, se permite pactar horas extraordinarias semestrales y anuales, de 294 y 588 horas respectivamente, es importante considerar, que la hipótesis de las horas extraordinarias son situaciones temporales, en la práctica, aquello nunca se ha respetado, con esta reforma se legaliza que las horas extraordinarias son formas extensivas de trabajo y no atienden a necesidades temporales.
- Permite contratar empresas de suministro (de los empleos más precarios que contempla nuestra legislación) para cumplir con la cuota establecida por la Ley de Inclusión Laboral; fomenta la contratación de personas que hayan sido privadas de libertad a través de subsidios; establece un contrato de formalización, a fin de formalizar empleos temporales y precarios y aumentar la contratación de personas marginadas del mercado laboral (jóvenes, adultos mayores, etc.); entre otros ejemplos.
Esto permitirá la extensión de una jornada diaria y que se extienda a todos los días de la semana, permitiendo al empresario funcionar sin parar, sumado a ello, podrá contratar a través de empleos precarios a distintos grupos de trabajadores y trabajadoras excluidos del mercado laboral. Por otro lado, pactar jornadas semestrales y anuales, permitirá al empleador modificar la cantidad de horas y la remuneración, donde el trabajador deberá consentir bajo la amenaza de despido, adecuándose a los vaivenes económicos sin tener la necesidad de recurrir a la indemnización por años de servicio, que tanto dolor de cabeza produce a los empresarios del país.
Cabe señalar, que la reducción de la jornada laboral puede incluso mejorar la productividad: si bien, a medida que aumenta la jornada aumenta la productividad del trabajo, en cierto punto el aumento de la jornada comienza a reducir la productividad por el cansancio, estrés, falta de concentración, etc. que significa para el trabajador. Además, según las últimas investigaciones económicas, trabajos con mejores condiciones aumentan la productividad, pues los trabajadores tienden a velar por mantener el puesto de trabajo. Por lo tanto, la reforma laboral significa un retroceso en el aumento de la productividad laboral de nuestro país, dadas las extenuantes jornadas que plantea.
En este punto es fundamental tener en cuenta que las trabajadoras y trabajadores del país no hemos tenido incidencia en la configuración de la estructura económica actual. Desde la Dictadura cívico-militar que configuró sus cimientos y donde se marginó la participación de las organizaciones sindicales y sociales, donde se privatizó gran parte de las empresas del públicas (SQM, ENDESA, IANSA, LAN, ENTEL, etc.), impidiendo un control público sobre las mismas. Hasta los últimos casos conocidos, donde las empresas han pauteado a los legisladores a cambio de financiamiento de campañas.
Como corolario de aquello, encontramos el artículo 306 del Código del Trabajo que establece: “No serán objeto de la negociación colectiva aquellas materias que restrinjan o limiten la facultad del empleador de organizar, dirigir y administrar la empresa y aquellas ajenas a la misma.” Esta norma impide que las organizaciones sindicales puedan negociar con el empleador la administración y dirección de las empresas, siendo una norma protectora del empleador y la propiedad privada, en un cuerpo legal destinado a la protección de las trabajadoras y trabajadores.
En ese sentido, los trabajadores no han tenido ninguna incidencia en la dirección económica del país en general y de las empresas en particular. El sistema económico chileno comienza a evidenciar sus limitaciones estructurales. Y como ha sido el guion de toda la historia del capitalismo, el Gobierno viene a decirles a las trabajadoras y trabajadores que deben trabajar más, que para seguir haciendo de Chile un paraíso atractivo para los inversionistas, deben trabajar aún más (a pesar de que Chile es de los países en que más se trabaja). Pero ¿Y los empresarios cuándo? ¿Cuándo dejarán de llenarse los bolsillos con la renta de los recursos naturales y la invertirán en mejorar la productividad del trabajo en el país? ¿Cuándo invertirán en I+D y se arriesgarán a realizar inventos que hagan más productivo el trabajo? ¿Cuándo capacitarán a las trabajadoras y trabajadores?
La respuesta de la CUT se ha centrado en los efectos individuales de la reforma: “Cuánto tendrá que trabajar cada persona”. Si bien es relevante cuestionar los efectos concretos que tendrá la reforma en la vida de los trabajadores y trabajadoras, ya es momento de que las organizaciones sindicales comiencen a ser parte del devenir del país, a responder cuál es el rol del trabajo en la sociedad en general y no de cada trabajador individualmente.
[1] OECD Compendium of Productivity Indicators 2019. Otra medición de la productividad, que incluye a los demás factores productivos (PTF), también da cuenta de un estancamiento en los últimos años de la productividad, a pesar de haber una leve mejora el año 2018, esta no alcanza a las cifras del año 2.000. Ver informe Anual 2018 de la Comisión Nacional de Productividad.
[2] Investigación y Desarrollo en las empresas chilenas. Cuarta Encuesta Longitudinal de Empresas (2017). Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, División de Política Comercial e Industrial.
[3] Estudios Económicos de la OCDE. Chile (2018). OCDE.
[4] Estadísticas INAPI. Solicitudes de Patentes de Invención en Chile (2019).
[5] OECD Skills Outlook 2019
[6] OECD Employment Outlook 2017. Cabe señalar que Corea del Sur (uno de los países que se encuentra sobre Chile en dicho ranking) ya redujo su jornada a un límite máximo de 52 horas semanales.